lunes, 27 de febrero de 2012

La diversidad como principio

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece lo siguiente:
La atención a la diversidad se establece como principio fundamental que debe regir toda la enseñanza básica, con el objetivo de proporcionar a todo el alumnado una educación adecuada a sus características y necesidades.
Los grupos de alumnos que requieren una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar alguna necesidad específica de apoyo educativo son:
  • alumnos con necesidades educativas especiales derivadas de circunstancias sociales, de discapacidad física,  psíquica o sensorial o que manifiesten trastornos graves de conducta.
  • alumnos con altas capacidades intelectuales
  • alumnos que se han incorporado tarde al sistema educativo español
La adecuada respuesta educativa a todos los alumnos se concibe a partir del principio de inclusión, entendiendo que únicamente de ese modo se garantiza el desarrollo de todos, se favorece la equidad y se contribuye a una mayor cohesión social. La atención a la diversidad es una necesidad que abarca a todas las etapas educativas y a todos los alumnos. Es decir, se trata de contemplar la diversidad de las alumnas y alumnos como principio y no como una medida que corresponde a las necesidades de unos pocos.


1 comentario:

  1. Hola Marisa, me ha gustado este blog de atención a la diversidad donde defines claramente este concepto que con tanta facilidad nombramos en los EOEPs y luego tan dificil es llevar a la práctica las medidas tanto ordinarias como extraodinarias en los centros educativos , y por supuesto concienciar a determinados profesionales.
    un saludo.

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